La sostenibilidad ya no es una cuestión secundaria en los contratos públicos. Las directivas europeas y la ley belga de 17 de junio de 2016 otorgan a los contratistas la posibilidad explícita —y, en algunos casos, la obligación— de integrar criterios sociales y medioambientales en sus contratos. Para los licitadores, esto significa que una oferta sólida no solo debe destacar en el ámbito técnico y financiero, sino también en el de la plusvalía social.
El marco legal
El artículo 7 de la ley de 17 de junio de 2016 establece que los empresarios deben cumplir todas las obligaciones aplicables en materia de medio ambiente, derechos sociales y laboral al ejecutar un contrato público. Esto también se aplica a sus subcontratistas.
La Directiva 2014/24/UE confirma que el poder adjudicador puede evaluar la oferta económicamente más ventajosa basándose en aspectos cualitativos, medioambientales y sociales, siempre que estén relacionados con el objeto del contrato.
Tres niveles de integración
Los criterios de sostenibilidad pueden incorporarse en la licitación en tres niveles:
Criterios de selección. El contratante evalúa si el licitador tiene la capacidad de actuar de forma sostenible. Ejemplos: un sistema de gestión medioambiental (ISO 14001, EMAS), experiencia en proyectos circulares o una certificación en materia de responsabilidad social corporativa.
Criterios de adjudicación. El contratante evalúa la oferta por sí mismo en función de aspectos relacionados con la sostenibilidad. Ejemplos: costes del ciclo de vida (coste total de propiedad), reducción de CO₂ en el enfoque propuesto o la participación de empresas de economía social. Los criterios de adjudicación deben estar relacionados con el objeto del contrato y no pueden ser criterios de selección encubiertos.
Condiciones de ejecución. Obligaciones aplicables durante la ejecución. Ejemplos: normas máximas de emisión para el transporte, obligación de informar sobre los flujos de residuos, contratación de grupos desfavorecidos en la obra o uso de materiales sostenibles.
Criterios medioambientales en la práctica
Costes del ciclo de vida
La ley permite que el contratante evalúe el precio basándose en los costes del ciclo de vida, en lugar de solo en el precio de compra. Esto incluye los costes de uso, mantenimiento, consumo, reciclaje y eliminación. También se pueden incluir los costes medioambientales externos, como los costes de las emisiones de CO₂, siempre que el método de cálculo sea objetivo y no discriminatorio.
Etiquetas y certificados
El contratante puede hacer referencia a etiquetas específicas como prueba de que un producto o servicio cumple determinadas características medioambientales. Por ejemplo, la etiqueta ecológica de la UE, FSC para productos de madera o Cradle to Cradle. Las condiciones son las siguientes:
- Los requisitos de etiquetado se refieren al objeto del contrato.
- Los requisitos se basan en criterios objetivamente verificables.
- La etiqueta se ha establecido mediante un procedimiento abierto y transparente.
- El contratante también aceptará etiquetas equivalentes u otros medios de prueba.
Contratación pública ecológica (GPP)
La Comisión Europea ha desarrollado criterios GPP para decenas de grupos de productos, desde material de oficina hasta edificios, pasando por alimentos y equipos informáticos. Estos criterios no son vinculantes, pero constituyen un marco de referencia. En Bélgica, cada vez más pliegos de condiciones hacen referencia a los criterios GPP, especialmente en las licitaciones federales.
El Gobierno federal publica una guía para la contratación pública sostenible (guidesustainableprocurement.be) con criterios para unos 250 productos y servicios. Los servicios públicos federales que se desvíen de los contratos marco sostenibles de BOSA deben justificarlo («cumplir o explicar»).
Criterios sociales en la práctica
Cláusulas sociales
Las cláusulas sociales son condiciones incluidas en el pliego de condiciones que persiguen un objetivo social. Las más habituales son:
Cláusula de formación. El contratista dedicará un porcentaje de las horas trabajadas a la formación de becarios, aprendices o demandantes de empleo.
Cláusula de empleo. El contratista empleará a personas pertenecientes a grupos desfavorecidos —desempleados de larga duración, personas con discapacidad laboral o recién llegados— para una parte de la ejecución.
Cláusula de economía social. Una parte del trabajo se reserva o se lleva a cabo por empresas de trabajo adaptado (talleres protegidos o sociales).
Tareas reservadas
La ley del 17 de junio de 2016 (artículo 15) ofrece la posibilidad de reservar contratos para empresas de trabajo adaptado o empresas sociales. La condición es que al menos el 30 % del personal de la empresa esté compuesto por trabajadores desfavorecidos. Se trata de un instrumento poderoso, pero su aplicación es limitada en la práctica.
Legislación laboral y convenios de la OIT
El contratante comprueba que los licitadores cumplan la legislación social y laboral aplicable. En los contratos de carácter internacional, también se tienen en cuenta los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en particular la prohibición del trabajo infantil, el trabajo forzoso y la discriminación.
Compras circulares
Las compras circulares son un tema cada vez más importante en Bélgica, con iniciativas coordinadas a todos los niveles administrativos.
Flandes: El Green Deal Circulair Aankopen (desde 2017, coordinado por VVSG, The Shift y Bond Beter Leefmilieu) contó con más de 150 participantes que se comprometieron a aplicar los principios circulares en su política de compras.
Valonia: El Green Deal Achats Circulaires (desde finales de 2019) fomenta las compras circulares en la Región Valona.
Bruselas: La Región de Bruselas-Capital invierte de forma estructural en la promoción de las licitaciones circulares.
El Gobierno federal ha elaborado fichas estratégicas para diez categorías de productos prioritarias que ayudan a integrar criterios de circularidad en los pliegos de condiciones.
Estrategia para los licitadores
Identifique los criterios de sostenibilidad desde el principio. Lea detenidamente el pliego de condiciones en busca de referencias a GPP, etiquetas, cláusulas sociales y condiciones de ejecución. Estos criterios determinan su puntuación y su cumplimiento.
Recopile pruebas de forma proactiva. Si dispone de la certificación ISO 14001, Ecovadis o FSC, asegúrese de que estos documentos estén actualizados y sean correctos. Guarde un archivo con todos los certificados pertinentes.
Cuantifica tu enfoque de sostenibilidad. Las promesas vagas no sirven. Da cifras concretas: ahorro de CO₂ en toneladas, porcentaje de material reciclado, número de horas de formación, plan concreto para el empleo social.
Calcula los costes del ciclo de vida. Si el pliego de condiciones utiliza el TCO o el LCC como criterio de adjudicación, presenta un cálculo fundamentado que demuestre que tu producto o servicio es más rentable a lo largo de toda su vida útil, incluso si el precio de compra es más alto.