Las pymes representan el 99 % de todas las empresas de la Unión Europea y generan dos tercios del empleo en el sector privado. Sin embargo, su participación en el valor de los contratos públicos ha sido durante mucho tiempo desproporcionadamente baja. La Comisión Europea reconoce que la contratación pública es un motor del crecimiento económico, y que ese motor solo funciona si las pymes pueden participar plenamente. Esa idea ha dado lugar a un amplio paquete de medidas, que abarca desde disposiciones concretas en directivas hasta infraestructura digital y política financiera.
El problema: barreras estructurales
Las pymes se enfrentan a cuatro obstáculos estructurales en los contratos públicos que las grandes empresas apenas experimentan, o no experimentan en absoluto.
Carga administrativa. Recopilar, traducir y legalizar decenas de páginas de documentos probatorios, y volver a hacerlo para cada procedimiento. Los costes de este proceso son relativamente más elevados para una empresa con 15 empleados que para una multinacional con una oficina de licitaciones permanente.
Requisitos de selección desproporcionados. Los requisitos de volumen de negocios, referencias y ratios financieros que no guardan proporción con el contrato excluyen estructuralmente a las pymes.
Grandes volúmenes de contratos. Encargos que se adjudican como un todo y, por lo tanto, solo pueden ser ejecutados por grandes empresas.
Problemas de pago. Los largos plazos de pago y la falta de anticipos afectan de manera desproporcionada al flujo de caja de las pymes.
El enfoque europeo: cinco pilares
1. Directiva 2014/24/UE: la base jurídica
La Directiva europea sobre contratación pública de 2014 contiene varias disposiciones diseñadas específicamente para fomentar la participación de las pymes.
Divide o explica (artículo 46). Los poderes adjudicadores deben considerar si un contrato puede dividirse en lotes. Si deciden no hacerlo, deben justificarlo en los documentos del contrato. Este es el principio de «divide o explica». Los Estados miembros pueden reforzar este principio hasta convertirlo en una obligación real; Francia, por ejemplo, lo ha hecho con el principio de «allotissement», según el cual la división en lotes es la norma y la no división es la excepción.
El UEA/ESPD (artículo 59). El Documento Único Europeo de Licitación sustituye la gran cantidad de certificados y atestados por una simple declaración propia en el momento de la inscripción. Solo el ganador debe presentar posteriormente toda la documentación justificativa. Para las pymes, esto supone un ahorro de decenas de horas por procedimiento y reduce drásticamente el umbral para la participación transfronteriza.
Límite máximo de volumen de negocios (artículo 58). El volumen de negocios anual mínimo que puede exigirse como criterio de selección no podrá ser superior al doble del valor estimado del contrato, salvo que lo justifiquen riesgos especiales. Esta disposición evita que los poderes adjudicadores que exigen un volumen de negocios de varios millones de euros excluyan del mercado a las pymes en contratos para los que su capacidad financiera es más que suficiente.
Transparencia en la subcontratación (artículo 71). El conocimiento de la cadena de subcontratación proporciona a las pymes que actúan como subcontratistas una mayor visibilidad y protección. El cliente puede exigir que los subcontratistas sean evaluados según los mismos criterios de exclusión.
2. La estrategia para las pymes 2020
En marzo de 2020, la Comisión Europea publicó la «Estrategia para las pymes en una Europa sostenible y digital» (COM(2020) 103). En ella, la contratación pública desempeña un papel destacado como motor del crecimiento.
La estrategia introduce, entre otras cosas:
La etiqueta de compra favorable a las pymes. Una marca de calidad voluntaria con la que los organismos contratantes pueden demostrar que aplican prácticas favorables a las pymes: requisitos de selección realistas, división en lotes, pagos rápidos.
La iniciativa Big Buyers. Una red de grandes compradores públicos que adquieren conjuntamente productos y servicios innovadores, con espacio explícito para las pymes y las empresas emergentes en la cadena de suministro.
Formación y desarrollo de capacidades. La Comisión financia programas destinados a promover la profesionalización de los compradores, haciendo hincapié en la participación efectiva de las pymes.
3. Infraestructura digital
La transformación digital de la contratación pública es uno de los motores más potentes para el acceso de las pymes.
eCertis. Una base de datos europea que indica, por cada Estado miembro, qué documentos acreditativos (certificados, atestados, extractos) pueden utilizarse para cumplir los requisitos de selección. Para una pyme belga que desee registrarse en Alemania o Francia, eCertis es indispensable para comprender qué documentos son equivalentes.
TED y eForms. Tenders Electronic Daily ha pasado a utilizar exclusivamente eForms, formularios digitales estandarizados que mejoran considerablemente la legibilidad y la capacidad de búsqueda de los anuncios. Las pymes pueden realizar búsquedas más específicas por códigos CPV, región y tipo de contrato.
El Espacio de Datos sobre Contratación Pública (PPDS). Lanzado en septiembre de 2024, el PPDS es una plataforma analítica que reúne todos los datos disponibles sobre contratación pública. Los responsables políticos, los compradores y las empresas pueden analizar tendencias, investigar a la competencia e identificar oportunidades de mercado. Actualmente, Austria, Finlandia, Alemania y Noruega están conectadas, además de los datos TED. Se prevé una mayor expansión. Para las pymes, el PPDS abre un mundo de conocimientos que antes solo estaba al alcance de las grandes consultoras.
4. Pagos y flujo de caja
La reforma de la Directiva sobre morosidad. En septiembre de 2023, la Comisión publicó una propuesta (COM(2023) 533) para sustituir la directiva vigente por un reglamento con normas más estrictas: un plazo máximo de pago de 30 días para todas las transacciones comerciales, cálculo automático de intereses en caso de retraso en el pago y un Observatorio Europeo de la Morosidad. Aunque el texto definitivo aún está en trámite, la dirección es clara: pagos más rápidos y menos riesgo de flujo de caja para las pymes.
Precursor belga: anticipos. Bélgica ya fue más allá de lo exigido por Europa con la ley del 22 de diciembre de 2023, al introducir anticipos obligatorios para las pymes (entre el 5 % y el 20 %, dependiendo del tamaño de la empresa, hasta un máximo de 225 000 euros).
5. Revisión de las directrices
En diciembre de 2024, la Comisión Europea inició una evaluación formal de la Directiva 2014/24/UE y la Directiva 2014/25/UE. El Parlamento Europeo ya había aprobado en septiembre de 2024 una resolución con recomendaciones concretas, entre las que se incluían:
- Mejor accesibilidad para las pequeñas empresas y las empresas emergentes.
- Un pasaporte digital para pymes que reduce las cargas administrativas mediante un registro único válido en todos los Estados miembros.
- Armonización entre los Estados miembros para eliminar las grandes diferencias en la aplicación, que desalientan la participación transfronteriza.
- Simplificación del marco normativo actual (476 artículos en 907 páginas).
Se espera que las nuevas directrices refuercen aún más las disposiciones relativas a las pymes de 2014, entre otras cosas, reforzando el principio de «divide o explica» y haciendo obligatorias las herramientas digitales.
Cifras: ¿dónde nos encontramos?
La evolución es positiva, pero aún no ha llegado a donde debería:
| Indicador | ±2014 | 2024 |
|---|---|---|
| Cuota de las pymes (contratos por número) | 55-60 % | 71% |
| Participación de las pymes (valor del contrato) | <30% | 55% |
| Participación transfronteriza de las pymes | <5% | todavía bajo |
La brecha entre la proporción en número (71 %) y en valor (55 %) muestra que las pymes ganan principalmente contratos más pequeños. En los contratos grandes siguen dominando los grandes actores. Por eso es tan importante el sistema de lotes: hace que los contratos grandes sean accesibles al dividirlos en partes más pequeñas.
Qué hacen otros Estados miembros
Francia: la subdivisión es obligatoria. En el Código de Contratación Pública francés, la subdivisión en lotes es el principio básico. Solo se permite no subdividir cuando el contrato es técnicamente indivisible, cuando la coordinación sería inviable o cuando la subdivisión limitaría la competencia. Esto va un paso más allá del principio europeo «divide o explica».
Italia: participación de las pymes como criterio de selección. El Código de Contratación Pública italiano (Decreto Legislativo 36/2023) establece que los criterios de selección no pueden excluir a las microempresas ni a las pequeñas y medianas empresas. En principio, los contratos deben dividirse en lotes.
Bélgica: anticipos y compensación por oferta. La ley del 22 de diciembre de 2023 va más allá que cualquier otro país de la UE con anticipos obligatorios vinculados al tamaño de la empresa y compensaciones obligatorias por oferta en caso de requisitos de inscripción física.
¿Qué significa esto para ti como PYME?
La política europea se traduce en ventajas concretas:
Más transparencia. A través de TED, el PPDS y las plataformas nacionales de contratación electrónica, las pymes tienen acceso a la misma información que las grandes empresas.
Utiliza TenderWolf como tu palanca. Configura tu perfil de búsqueda en función de tus códigos CPV y categorías de reconocimiento, filtra por parcelas y recibe diariamente los encargos que se ajustan a tu perfil. Los esfuerzos europeos crean las oportunidades: TenderWolf te ayuda a encontrarlas.
Fuentes
- Directiva 2014/24/UE — artículos 46, 58, 59 y 71 — EUR-Lex
- Estrategia para las pymes 2020 — Comisión Europea (COM(2020) 103)
- Espacio de datos sobre contratación pública (PPDS)
- Propuesta de Reglamento sobre morosidad — COM(2023) 533
- eCertis — Comisión Europea
- Ley de 22 de diciembre de 2023 — Acceso a las pymes — BOSA
- Parlamento Europeo — Resolución sobre la contratación pública (septiembre de 2024)
- Cuadro de indicadores del mercado único — Contratación pública